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Última modificación realizada en 4 septiembre, 2020 por Detectives Online

El Origen de la necesidad

 

En muchísimas ocasiones, los empresarios se dan cuenta que necesitan a un profesional que pueda aportar información privilegiada, de ahí plantearse tener a un detective privado en plantilla. Ya sea para conocer su situación frente a la competencia, o investigar su entorno empresarial y sus asuntos internos.

La inteligencia corporativa tiene la finalidad de investigar a clientes y proveedores, y a su vez realizar investigaciones internas, que le evite o reduzca lo máximo posible la perdida desconocida. El control de las mermas, la inteligencia interna para evitar conflictos y la información previa, ofrecen una ventaja competitiva frente a otras empresas del sector.

Un fallo en la selección del personal, unas mermas ocasionadas por los propios trabajadores, y unas malas relaciones comerciales con proveedores o clientes, pueden poner en grave peligro a su empresa. La necesidad de disponer de un profesional de investigación privada es esencial para conocer la situación y evitar las crisis actuando antes de que se produzcan.

 

¿Es posible la contratación de un detective privado en plantilla?

 

En un primer momento surge la idea de buscar a alguien de la empresa, o intentan contratar a alguien dentro de la empresa para que realice estas labores. Sin embargo, la actividad de detective privado es todavía bastante desconocida para muchos. Puesto que existe una legislación muy concreta que regula la profesión, por lo que en muchas ocasiones se desconoce que es completamente ilegal realizar investigaciones por parte de personal no habilitado como detective privado.

Este tipo de errores se suele dar en empresas de seguros, donde desconocen que las investigaciones en las que se manejan datos privados son ilegales. También empresas que consideran que los peritos judiciales pueden investigar. Cuando es algo totalmente falso, un perito puede opinar, y ofrecer un informe sobre su opinión, pero nunca investigar ni obtener datos personales/privados de personas físicas o jurídicas. Suele darse también en empresas con departamento de recursos humanos o de seguridad interna, donde toda investigación que englobe datos o conductas privadas solo puede ser realizada por detectives.

 

Entonces, ¿Cómo puedo contratar a un investigador privado?

 

Si por la situación de su empresa o para prevenir problemas quisiera tener un detective interno, debe saber que si desea tener un detective privado en plantilla, no es posible hacerlo directamente. En síntesis, no es posible contratar a un Detective Privado por cuenta ajena como trabajador de su empresa, por las razones que expondremos más adelante. Llegados a este punto si se plantea el contratar a un detective privado siga el enlace.

En la legislación que engloba el detective privado, para realizar servicios de seguridad e investigación dentro de su empresa, debe saber que solo puede ser realizado por detectives constituidos como despacho independiente, cuyo objeto social de su empresa o actividad sea exclusivamente la actividad de detectives privados, dentro de los epígrafes correspondientes. La ley de seguridad privada es muy taxativa en este concepto, y establece unos requisitos muy concretos sobre el ejercicio profesional.

Si desea saber más sobre los requisitos propios a la hora de la contratación, puede consultar en los artículos específicos de la Ley 5/2014 del 4 de Abril, donde se contempla la figura del detective y la constitución de despachos profesionales y sociedades.

 

Condiciones y restricciones del ejercicio profesional

 

Los detectives privados, están adscritos al Ministerio del Interior, y administrados por la Unidad Central de Seguridad Privada, y sus unidades territoriales. tal y como hemos mencionado anteriormente, existe una estricta regulación legal que establece unos requisitos propios de obligado cumplimiento, entre estos requisitos, se encuentra la limitación de ejercer la profesión de las siguientes 2 formas:

  • Constituyendo un despacho: El detective puede crear una sociedad jurídica o constituirse como autónomo o sociedad civil, cuyo objeto social sea la actividad de detectives únicamente, y solo lo pueden constituir el mismo como detective privado o con otros detectives (en sociedad), pero dicha sociedad exige que todos los socios tengan la licencia de detective. Es decir, está prohibido constituir sociedades (empresas) con socios, socios capitalistas, y cualquier otro cargo empresarial donde cualquiera de ellos no disponga de habilitación de detective privado.
  • Trabajando para un despacho: Si el detective no constituye un despacho profesional, ni sociedad de detectives, debe trabajar obligatoriamente para un despacho o sociedad de detectives, quedando totalmente prohibido el ejercicio libre de la profesión sin ser despacho o depender de él.

Atendiendo a la legislación sobre la profesión, un detective solo puede trabajar libremente como despacho o adjunto como detective dependiente a un despacho. No es posible de ninguna manera ser parte de la plantilla de una empresa que no tenga nada que ver con la profesión. Siendo la única forma de contratación la contratación externa realizada a un despacho de detectives.

 

Conclusión

 

Para finalizar, y quedando claro que un detective no puede trabajar como personal en una empresa que no sea de detectives, cabe señalar que esto más que una restricción es una ventaja para la empresa privada que necesite servicios de investigación.

En primer lugar, porque puede contratar según la necesidad de investigación. El contratar por cuenta ajena no es especialmente una ventaja, sino a día de hoy es un inconveniente. Por lo que es conveniente externalizar el trabajo, y en relación a los detectives a parte de ser aconsejable, se está obligado por ley.

En segundo lugar, los detectives tienen obligaciones administrativas y unas limitaciones legales y a su vez un régimen disciplinario con sanciones que pueden llegar a ser muy altas. Por lo que tener un detective en plantilla aparte de ser ilegal, podría desembocar en sanciones muy graves si no se trata de un buen profesional.

En tercer lugar, los detectives están supervisados por la Policía Nacional, y son personal adscrito al Ministerio del Interior, lo que implica que se realicen actos administrativos e inspecciones periódicas.

En cuarto lugar, todo detective que sea autónomo o sociedad debe constituir despacho profesional y depositar un aval bancario con valores de aproximadamente 30.000 € y con seguro de responsabilidad civil de al menos 120.000 €.

Finalmente, si se valora todo en términos generales, no es aconsejable tener un detective en plantilla, aunque legalmente se pudiera. Siendo a día de hoy una relación de carácter ilegal, de hecho, si se pusiera en conocimiento de la policía nacional (que se están realizando investigaciones sin personal habilitado) puede desembocar en sanciones de hasta 600.000 €.

Por lo que, si desea un profesional que investigue, obtenga información y proteja sus intereses, busque el mejor despacho profesional y déjese asesorar.

 

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